DECRETO de 2 de diciembre de 2020, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Tarazona, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de 2020.
Por la M.I. Alcaldía Presidencia se ha adoptado Resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Primero.- Avocar la competencia delegada en la M.I. Junta de Gobierno, para la aprobación de la Oferta de Empleo Público, por urgencia de tramitación, la atribución que se ha indicado, delegada por la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local en virtud de Resolución 814/2019, de 21 de junio.
Segundo.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de 2020 que incluyen los siguientes puestos de trabajo:
Plantilla de Personal Funcionario Año 2020
Funcionarios de carrera
Denominación plaza: Policía Local
Grupo según artículo 76 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre: C, Subgrupo C1
Nivel complemento de destino: 16
Escala: Administración Especial
Subescala: Servicios Especiales
Clase: Policía Local
Número Vacantes: 4.
Personal Laboral
Denominación plaza: Limpiador
Titulación Certificado de escolaridad.
Número Vacantes: 1
Denominación plaza: Portero
Titulación Certificado de escolaridad.
Número Vacantes: 1
Que se publique en el tablón de anuncios de la Corporación y "Boletín Oficial de Aragón".
Cuarto.- Expresar que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía,en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente de los de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho".
Tarazona, 2 de diciembre de 2020.- El Alcalde, D. Luis José Arrechea Silvestre.